Objetivo
A propósito de la promulgación de la ley 21.131 de fecha 16-01-2019, que viene a establecer el pago de facturas a 30 días, se requiere implementar en SAP ECC la funcionalidad que permita:
- Calcular intereses para clientes y acreedores nacionales.
- Contabilizar el interés devengado al cierre de cada periodo contable, tanto para clientes como para acreedores nacionales.
- Registrar en el dato maestro de clientes los acuerdos de excepción que se suscriban.
- Emitir avisos de cobro.
- Emitir factura exenta por cobro de intereses y nota de cobro por comisión moratoria.
- Posibilitar castigo de intereses, comisión y su contabilización en cuentas de ingreso en caso de pago.
En un contexto legal debemos tener presente las siguientes consideraciones:
- Ley 21.131 de fecha 16-01-2019 y vigencia 16-05-2019.
- Que se establece que todas las facturas emitidas a contar de esta fecha, es decir 16-05-2019, deben ser pagadas en un plazo de 30 días corridos.
- Que durante los primeros 24 meses de entrada en vigor de la ley, se estableció un plazo excepcional de 60 días corridos.
- Que la ley es de aplicación general, por tanto, no distingue tamaño, tipo de empresa o sector, es decir que aplica a todos los emisores de factura del territorio nacional.
- Que transcurridos los (60 o 30 días) se devengará:
- Interés corriente, a partir del primer día de atraso y hasta la fecha efectiva de pago.
- Una comisión fija por recuperación de gastos correspondiente al 1% del saldo insoluto.
- Que por los intereses corrientes se debe emitir una factura no gravada o exenta de IVA y por la comisión se debe emitir un documento interno (ejemplo: Nota de Cobro).
- Que de forma excepcional las partes pueden extender los plazos (60 o 30 días) mediante un contrato de acuerdo suscrito por las partes (comprador-vendedor), el que debe ser ingresado en la página web del Ministerio de Economía.
- Que quien debe inscribir el acuerdo es el comprador o beneficiario del producto o servicio facturado.